Firma electrónica en España — Guía legal

Todo lo que necesitas saber sobre la validez legal de la firma electrónica en España: el Reglamento eIDAS, los tipos de firma, qué documentos puedes firmar electrónicamente y cuáles requieren forma especial.

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Marco legal de la firma electrónica en España

La firma electrónica en España está regulada principalmente por el Reglamento (UE) 910/2014 (eIDAS), de aplicación directa en todos los estados miembros desde julio de 2016, y por la Ley 6/2020 de servicios de confianza electrónica, que adapta el marco nacional al reglamento europeo.

El principio clave del artículo 25.1 de eIDAS establece que una firma electrónica no puede ser rechazada como prueba en procedimientos judiciales por su sola naturaleza electrónica. Esto sienta la base para la validez legal de las firmas electrónicas simples en España.

Los tres niveles de firma electrónica

Firma Electrónica Simple (FES)

Cualquier dato en forma electrónica que identifica al firmante. Es el nivel que crea SigPDF — válido para la mayoría de contratos comerciales, NDA, contratos de trabajo y documentos de uso cotidiano.

Firma Electrónica Avanzada (FAV)

Vinculada de forma única al firmante, creada con datos bajo el control exclusivo del firmante, y capaz de detectar cualquier alteración ulterior de los datos firmados. Requiere un certificado digital personal.

Firma Electrónica Cualificada (FEC)

El nivel más alto. Requiere un certificado cualificado emitido por un Prestador de Servicios de Confianza (PSC) autorizado. Tiene el mismo efecto jurídico que la firma manuscrita (artículo 25.2 de eIDAS).

Documentos que puedes firmar con FES

  • Contratos de prestación de servicios
  • Acuerdos de confidencialidad (NDA)
  • Contratos de trabajo (CDI, CDD, freelance)
  • Pedidos y presupuestos aceptados
  • Acuerdos de colaboración y partnership
  • Condiciones generales de contratación
  • Contratos de cesión de derechos
  • Contratos de arrendamiento (verifica requisitos locales)

Documentos que requieren forma especial

  • Escrituras de compraventa de inmuebles (requieren notario)
  • Constitución y modificación de sociedades mercantiles
  • Testamentos y actos de última voluntad
  • Capitulaciones matrimoniales
  • Actos que requieran inscripción en registros públicos

Preguntas frecuentes

¿Es legal la firma electrónica en España?
Sí. La firma electrónica es plenamente legal en España gracias al Reglamento eIDAS (UE 910/2014), de aplicación directa en toda la Unión Europea, y a la Ley 6/2020 de servicios de confianza electrónica. Conforme al artículo 25.1 de eIDAS, una firma electrónica no puede ser rechazada como prueba por su sola naturaleza electrónica.
¿Qué tipos de firma electrónica existen en España?
El Reglamento eIDAS distingue tres niveles: Firma Electrónica Simple (FES) — identifica al firmante de forma básica, válida para la mayoría de documentos comerciales; Firma Electrónica Avanzada (FAV) — vinculada de forma única al firmante, detecta alteraciones; Firma Electrónica Cualificada (FEC) — el nivel más alto, equivalente a la firma manuscrita ante notario, requiere un certificado cualificado emitido por un prestador de servicios de confianza.
¿Qué tipo de firma crea SigPDF?
SigPDF crea firmas electrónicas simples (FES) incrustadas directamente en el PDF. Son válidas para la gran mayoría de contratos comerciales, NDA, contratos de trabajo, pedidos y otros documentos de uso cotidiano.
¿Para qué documentos es suficiente la firma electrónica simple?
La FES es suficiente para contratos de prestación de servicios, NDA, contratos de trabajo (salvo excepciones de forma especial), pedidos y facturas, contratos freelance, acuerdos de colaboración y la mayoría de documentos comerciales entre empresas o particulares.
¿Hay documentos que requieren firma cualificada o notario en España?
Sí. Algunos actos jurídicos requieren formas especiales: escrituras públicas ante notario (compraventa de inmuebles, constitución de sociedades), testamentos, capitulaciones matrimoniales, actos que requieran acceso a registros públicos como el Registro de la Propiedad. Para estos documentos, la FES no es suficiente.
¿Cómo se acredita la identidad del firmante con SigPDF?
SigPDF crea una FES que incluye la firma visual incrustada en el PDF. La acreditación de identidad depende del contexto: quién envió el documento, el email utilizado, el historial de comunicaciones previas. Para documentos donde la identificación reforzada es crítica, considera una firma avanzada con certificado digital.
¿El RGPD afecta a cómo debo firmar documentos con datos personales?
SigPDF es especialmente adecuado para documentos con datos personales porque no sube los archivos a ningún servidor externo. Los datos personales contenidos en tus PDFs permanecen en tu dispositivo en todo momento, lo que simplifica el cumplimiento del RGPD y elimina el riesgo de exposición a terceros.